Auto28 de febrero de 2005
A- de 2005
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Reinaldo Mosquera Medina
✓
Tema · dato duro
Solicitud De Cumplimiento De La Sentencia T-800/99 Correspondiente Al Proceso De Tutela T-217073 Y Del Auto No. 127 Del 23 De Agosto De 2004 Dictado Por La Sala Primera De Revisión De La Corte Constitucional. Rechazar Por Improcedente La Solicitud De Cumplimiento
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Sentencia De Tutela
- Rechazo solicitud cumplimiento de la sentencia T-800/99 por improcedente
- Existencia de otros medios de defensa judicial distinto del trámite de cumplimiento de sentencias
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR por improcedente la solicitud de cumplimiento de la sentencia T - 800 de 1999 y del Auto número 127 del 23 de agosto de 2004 dictado por la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, formulada por el señor Reinaldo Mosquera Medina el día quince (15) de octubre de 2004.
- Segundo. ORDENAR a la Secretaría General de esta Corporación que remita dicha solicitud, junto con sus anexos y con el presente Auto, al Consejo Seccional de la Judicatura del Huila - Sala Jurisdiccional Disciplinaria, para que obre en el expediente respectivo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.